En el próximo mes de julio se publicarán los 12 estándares europeos que regularán la información sobre sostenibilidad obligatorios para todas las empresas de más de 250 empleados, mientras que las pymes cotizadas y las que participen de forma voluntaria deberán esperar hasta finales de 2024, según ha anunciado Patrick de Cambour, presidente del Consejo en Materia de Sostenibilidad del Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG), en el transcurso de su intervenciónen los Encuentros sobre Sostenibilidad, organizados por el Consejo General de Economistas.

Estos estándares son el desarrollo del Anteproyecto de Ley por el que se regula el marco de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG), por la que se traspondrá la nueva Directiva sobre Sostenibilidad al ordenamiento jurídico español, que acaba de cerrar el trámite de audiencia pública.

Según Francisco Gracia, presidente de Economistas Contables, “el pasado 23 de noviembre, el EFRAG presentó a la Comisión Europea el primer conjunto de normas sobre sostenibilidad conformado por 12 borradores; concretamente, dos estándares transversales sobre requisitos y divulgaciones generales y 10 estándares temáticos, agrupados por las áreas de medio ambiente, social y gobernanza.

Según Santiago Durán, presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), “las empresas van a tener que informar igual en un país de la UE en que en otro. En el caso de las empresas que se acojan voluntariamente tendrán que hacerlo de acuerdo con los estándares europeos. La entrada en vigor de estos estándares se va a hacer de forma escalonada y se hará a través de un acto delegado”.

El presidente de los economistas, Valentín Pich, ha señalado que “las pymes no están dentro de los sujetos obligados por la Directiva –salvo las cotizadas–; no obstante, aquellas pymes que sean parte de la cadena de valor de una empresa grande obligada sí se verán afectadas de forma indirecta por estos nuevos estándares, ya que la Directiva establece que la información sobre sostenibilidad de las compañías obligadas debe incluir los datos correspondientes a sus integrantes de la denominada cadena de valor”.

A este respecto, Pich, en nombre del Consejo General de Economistas, ha pedido al Gobierno que “el Proyecto de Ley contemple una aplicación proporcional de la norma para este tipo de pymes, al objeto de que solo tengan que reportar a las empresas para las que trabajan sobre aquellos aspectos en materia de sostenibilidad que sean realmente relevantes”.

“Pongamos un ejemplo –ha señalado Pich–: imaginemos una pyme con una flota de 20 furgonetas que trabaja para una gran empresa con sucursales en muchas ciudades de España y en algunas del resto de Europa. Esta pyme presta servicios de reparto en una pequeña población española. ¿Sería relevante rastrear de forma exhaustiva la huella de carbono de estas furgonetas a efectos del informe de sostenibilidad de la empresa multinacional? Pues depende, si los vehículos están recién comprados y son de última generación, probablemente no es necesario cargarles con una nueva barrera de recolección de datos y tratamiento de estos que en nada mejoría la información inicial aportada; pero ¿y si los vehículos están obsoletos y son altamente contaminantes? En este caso, es muy probable que la empresa multinacional les exija que les proporcionen información sobre indicadores de sostenibilidad de conformidad con las normas de elaboración de la Unión Europea, con unas amplias necesidades de recolección de datos y evidencias”.

Salvador Marín, director del Servicio de Estudios del CGE y miembro del Sustainability Reporting Board del EFRAG, ha explicado que “no nos vale que se nos diga que la nueva directiva no obliga a estas entidades, pues eso sería una verdad a medias. Es decir, solo eso es así desde el punto de vista jurídico o legal, pues desde el punto de vista de la realidad práctica y los hechos cotidianos de millones de pymes va a ser un requerimiento de muy difícil no aplicación y adopción por parte de las pymes y otras entidades de menor tamaño que están en multitudes cadenas de valor, si quieren estar en el mercado con garantías de éxito y permanencia, es decir si quieren seguir trabajando y formando parte de esa cadena. Hagámoselo fácil”.

“La mayor concienciación de la sociedad y las administraciones públicas en asuntos relacionados con la sostenibilidad, que demandan mejores prácticas empresariales que cumplan sus expectativas, supone que los directivos de las entidades, no solo las afectadas directamente por la normativa (directiva y leyes nacionales) sino también las pyme, requieran asesoramiento sobre este asunto trascendental y aumenten su interés en incorporar la sostenibilidad en su ADN, lo que les ayudará en sus negocios tanto en la actualidad como de cara al futuro”, ha razonado Emilio Álvarez, presidente de Economistas Auditores.

Finalmente, Ana Manzano,subdirectora General de Normas Técnicas de Auditoría del ICAC ha adelantado que para poder ser verificador, en el caso de sociedades, deberán ser o bien sociedades de auditoría o sociedades acreditadas por ENAC que cuenten con verificadores inscritos en el ROAC que puedan firmar los informes de verificación en su nombre. En el caso de personas físicas, antes de 1 de enero de 2024, podrán inscribirse los auditores inscritos en el ROAC y otros profesionales que hayan realizado verificaciones del estado de información no financiera sin someterse a requisitos de formación teórica, práctica y superación del examen que se exigirán a los profesionales que se inscriban a partir de dicha fecha”.

Fuente: eleconomista.es

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